Home
El Eco
Noticias
Juridico
Senderismo
Conocer
Planos y mapas
La Asociacion
Estatutos
Enlaces
Contacto
Casas rurales, hoteles, cortijos,
y otros servicios
en el Parque

Visita nuestros Patrocinadores
  Camisetas de la Asociación
Diferentes tallas, modelos y colores
Descúbrelas
y cómpralas
 
Síguenos en

Sitemap

Aviso legal
Política de cookies
Política de privacidad

Webdesign: espacioazul.net

 
 
 
 

Aparcamiento para la Playa de Los Genoveses

Ya sabíamos desde el verano pasado que el Ayuntamiento de Níjar estaba maquinando algo con el aparcamiento de la Playa de Los Genoveses. Recordemos que el año pasado no se cobró por aparcar en ninguna playa de Níjar, pero sí por el uso del transporte público para acceder a dichas playas. Para este verano, el Consistorio Nijareño ha ideado construir un gran aparcamiento en las proximidades de la playa de Los Genoveses, a unos 580 m de distancia de dicha playa, en la parcela catastral 39 del polígono 255 de Níjar.

A finales del pasado año, el Ayuntamiento de Nijar redactaba una innovación de su Plan General de Ordenación Urbanística (innovación 3/2012) con objeto de delimitar un sistema general en suelo no urbanizable denominado Sistema General de Acceso al Mar Nº 1 (SGAM-01), en el que se incluye una zona para aparcamiento de vehículos y un camino de acceso a la Playa de Los Genoveses desde dicho aparcamiento.
La superficie prevista para el aparcamiento es de 15.752 metros cuadrados y para el camino 1.473 m2. El aparcamiento se dimensiona para dar cabida a 500 coches (más del doble de la capacidad del actual aparcamiento) y su superficie casi triplica la del aparcamiento existente actualmente.

Foto : Playa de Los Genoveses © JG

El Ayuntamiento explica, en el documento para la aprobación inicial de la innovación, que la delimitación del Sistema General que se pretende no supone la reclasificación del suelo (actualmente no urbanizable), sin embargo cuando indica la clasificación urbanística de la ordenación propuesta figura claramente “SUELO URBANIZABLE”. Dicha clasificación del suelo también se indica en el estudio de impacto ambiental realizado para la tramitación de la innovación. El suelo donde pretende realizarse el aparcamiento está determinado por el PORN del Parque Natural como una área semi-natural con usos tradicionales (zona B2). No es compatible clasificar una zona B2 como suelo urbanizable, ya que en esta categoría se incluyen aquellas zonas de cultivos agrícolas en las que la acción del hombre ha dado lugar a la estepa cerealista y, puntualmente, a pequeñas huertas. En estas zonas se incluyen áreas agrícolas abandonadas que se encuentran en proceso de regeneración natural. En dichas zonas, los criterios de ordenación se orientan hacia el mantenimiento de los usos actuales, destacando la actividad agraria para la conservación de la avifauna esteparia presente en la zona.

Ortofoto con el proyecto de nuevo aparcamiento
 
Por otra parte está el tema de la titularidad de los terrenos, porque el promotor de la actuación es el Ayuntamiento de Níjar y el objetivo es delimitar un sistema general de uso público, pero al parecer en unos terrenos privados, ya que según la información de que disponemos, la propiedad de los terrenos sería de alguna empresa vinculada a Francisca Díaz (Doña Pakita), por lo que parece un poco extraño que el Ayuntamiento promueva un sistema general en esos terrenos. Si es un terreno privado, a su propietario se le va ha hacer un gran favor reclasificándolo. Surgen muchas dudas respecto a los beneficios que va a obtener el propietario, si la explotación del aparcamiento la gestionaría directamente el Ayuntamiento o una empresa privada, si el Consistorio va a obtener los terrenos en régimen de arrendamiento o si tiene ya algún tipo de acuerdo con los propietarios.
 

El Ayuntamiento sabe muy bien que en una zona B2 solo pueden permitirle una actuación de este tipo si se trata de un equipamiento para uso público, por lo que amparándose en este uso abre la puerta a la delimitación de un sistema general, modificando el actual uso del suelo y una vez degradado no sabemos el futuro que le puede deparar a esos terrenos en un entorno tan privilegiado (que vuele la imaginación).

El estudio de impacto ambiental redactado para la modificación del PGOU que se pretende, concluye textualmente: “Como CONCLUSIÓN podemos afirmar que la modificación puntual por la que se realiza este Estudio de Impacto Ambiental es COMPATIBLE con el medio debido al estado de la zona, sin rasgos ecológicos relevantes y por su situación, contigua a suelo urbano”. Es discutible la inexistencia de rasgos ecológicos relevantes y desde luego es más que evidente que la actuación pretendida no se encuentra contigua a suelo urbano (como dice), ni siquiera próxima. Es más, no se localiza ni siquiera en torno a algún cortijo o edificación existente. Está en una zona totalmente aislada (véase plano) en la que no se integraría con ningún elemento de tipología urbana.

 

Foto: Aparcamiento de la Playa de Los Genoveses © fotografocabodegata.com

Esta Asociación considera injustificado e improcedente realizar el aparcamiento pretendido por el Ayuntamiento de Níjar. No se han justificado los motivos por los que se considera inadecuado el emplazamiento del actual aparcamiento. No es suficiente justificación decir que al igual que se cambió el aparcamiento de la Playa de Mónsul, también procede cambiar el de la Playa de Genoveses, porque resulta que este se encuentra a más del doble de distancia de la playa que el antiguo aparcamiento de Mónsul. Además, el nuevo emplazamiento no mejora la ubicación en cuanto a zonificación del PORN, que es igualmente B2. Por otra parte, las dimensiones resultan excesivas (más de una hectárea y media) y favorecen un notable aumento de plazas de aparcamiento con respecto al existente. Esto solo fomenta el uso del vehículo particular para acceder a la playa en detrimento del uso del transporte público, que es el que debe fomentarse, cuyos costes ambientales e impacto sobre el medio natural es menor. Debe tenerse también presente que el uso de los aparcamientos se limita a tres meses del año, por lo que resulta injustificado y desproporcionado realizar una obra de carácter permanente para un uso temporal.
Esperamos y confiamos que la declaración de impacto ambiental, que debe emitir la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en relación con esta actuación que pretende el Ayuntamiento de Níjar, sea desfavorable y frustre la transformación del suelo que pretende realizarse con esta innovación del PGOU de Níjar.

Asociación Amigos del
Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar