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Recursos geotérmicos en el Parque Natural

Después de la fiebre del oro del siglo pasado, llega la fiebre por los recursos geotérmicos en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar. El Instituto Geológico y Minero de España considera la existencia de potencial geotérmico en Níjar, en un almacén de carbonatos del Triásico y Terciario a una profundidad de entre 300 y 1500 m con una temperatura de entre 30 y 50 ºC y una salinidad de 5 a 20 g/l.
El origen de la energía geotérmica se debe a que en determinados puntos de la Tierra el flujo de calor es anormalmente elevado, llegando a alcanzar valores de hasta diez y veinte veces el flujo medio. Estas áreas con flujo elevado coinciden siempre con zonas de existencia de fenómenos geológicos singulares, como son una actividad sísmica elevada, la formación de cordilleras en épocas geológicas recientes y una actividad volcánica actual o muy reciente. Estos fenómenos geológicos representan distintas formas de liberación de la energía interna de la Tierra, cuya explicación puede darse a la luz de la tectónica de placas que rige la estructura de la corteza de la Tierra y su relación con el manto. En el área de Cabo de Gata se dan estos fenómenos geológicos singulares, especialmente por la existencia de la falla de Carboneras, que es el resultado de la convergencia entre la placa euroasiática y la africana, y forma parte del Sistema de Cizalla de las Béticas Orientales.
Recientemente las mercantiles Norvento S.L. y Cardial S.L. han solicitado a la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía una serie de permisos de investigación de recursos mineros y sus planes de restauración que afectan a miles de hectáreas del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, lo que resulta incompatible con la normativa vigente.


La Majada Redonda

Fotos: La Majada Redonda © MA

 

Así el art. 5.3.11 apd. 3.d) del Decreto 37/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, contiene una prohibición expresa de concesión de nuevos permisos de investigación y aprovechamiento de recursos mineros ni geológicos: “3. Queda prohibido en el Parque Natural: d) Las nuevas actividades de investigación y aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, a excepción de la actividad salinera y de aquellas explotaciones que actualmente desarrollen su actividad de acuerdo a la normativa vigente y hasta la caducidad de sus autorizaciones en vigor. No se concederán nuevos permisos, ni concesiones para este tipo de actividades”.


En la tramitación del expediente de concesión, el respectivo Plan de restauración contempla la realización de sondeos mecánicos a gran profundidad dentro del Parque Natural, desde 150 a 600 metros de profundidad, además de la utilización de maquinaria pesada, retroexcavadoras y máquinas con cadenas, reconociendo expresamente la posibilidad de vertidos de sustancias peligrosas, afección a aguas, flora y fauna, lo que obliga, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I Cat. 1.6 de la Ley GICA, al sometimiento a Autorización Ambiental Unificada (AAU), que ha sido obviado.

Es evidente que las actuaciones en cuestión, además de estar legalmente prohibidas, no guardan relación alguna con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales existentes en el Parque Natural de Cabo de Gata Níjar, no garantizan su conservación, sino que atentan directamente contra ella, sus hábitats, flora y fauna, paisaj e, etc, siendo gravemente lesivas para el interés general.

La Asociación de Amigos del Parque ha dirigido un escrito a la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente instándola a que proceda a la inmediata paralización de las actuaciones en todo lo afectante, directa e indirectamente, al Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, exigiendo el archivo de todos los expedientes en curso, que son nulos de pleno derecho al incurrir en prohibición legal expresa, así como a instar la revisión y revocación de las autorizaciones que, en su caso, ya hubieren sido concedidas.

Esperamos que las empresas interesadas en las prospecciones sobre recursos geotérmicos desistan de hacer cualquier tipo de acción que afecte al Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, ya que de lo contrario estarían vulnerando flagrantemente la legalidad vigente.

Sugerimos, por otra parte, que puesto que la existencia de recursos geotérmicos en España no está solo en los espacios naturales protegidos como es nuestro Parque Natural, en el que existe una prohibición expresa de investigación y aprovechamiento, sea en otras zonas, en las que la normativa legal lo permite, donde hagan estas investigaciones, prospecciones y futuros aprovechamientos.

Asociación Amigos del Parque