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Aprobación del nuevo PORN: legalizaciones y degradaciones

VALORACIÓN DE LOS RECIÉN APROBADOS PORN Y PRUG DE CABO DE GATA

Os reproducimos a continuación lo que ha sido la postura de esta Asociación respecto a la nueva normativa del parque de cara a informar a la opinión pública, a través de la prensa escrita y otros medios de comunicación, y contrarrestar la fuerte campaña de prensa de la Junta de Andalucía para convencer a todos de las bondades de la nueva normativa.

Legalización de todas las urbanizaciones ilegales, incluido el sector del Algarrobico
Foto: Urbanización ilegal en San José,©AP

1.- La Junta de Andalucía procede a la legalización de todas las urbanizaciones ilegales, construidas y por construir, dentro del parque natural, incluido el sector donde se ubica el macro-hotel de El Algarrobico (cuya zonificación y usos se igualan a la de los núcleos de población). De las 300 hectáreas de suelo urbano aprobado dentro de este espacio protegido en 1994, se pasa a más de 500 has. de suelo urbano. La mayor parte de ellas ya construidas de forma ilegal.

2.- Con esta decisión se evita cualquier tipo de responsabilidad, incluso penal, en que puedan haber incurrido los distintos cargos políticos municipales y autonómicos implicados, y se anula de facto cualquier sentencia favorable a los intereses ecologistas en los numerosos pleitos pendientes.

 

Las calas y playas vírgenes del Parque se califican como zonas de esparcimiento y aprovechamiento turístico.
Foto: Playa de Barronal, © MA

Se autoriza el cultivo intensivo de regadío en 3.000 hectáreas de los mejores paisajes del Parque
Foto: Cultivo intensivo de regadío en el Cortijo del Fraile, © AP

Los núcleos urbanos quedan excluidos del Parque sin límite ninguno a su desarrollo urbanístico o industrial.
Foto: Agua Amarga, © Chantal Le Lièvre

 
 

3.- En torno a las 3000 hectáreas de suelo se desprotegen totalmente al ser calificadas como zonas en las que se autoriza el cultivo de regadío intensivo al aire libre (por consiguiente, precisan de más agua, más fertilizantes y, en definitiva, generan más residuos y es una modalidad más agresiva que el cultivo intensivo cubierto). Recordemos que el principal valor ambiental de este espacio es su configuración subdesértica.

4.- Todos los núcleos urbanos de población, hasta las cortijadas, se excluyen del parque, al establecerse que en dichas zonas no se aplica la normativa de protección ambiental. Todos los núcleos urbanos, por tanto, admiten cualquier tipo de desarrollo urbanístico, industrial, etc. Para precisar, nada impediría (porque no se establece límite legal) los rascacielos en las poblaciones del interior del parque o nuevas empresas como Endesa y Holcim, como actualmente ya sucede en el núcleo urbano de Carboneras.

5.- Para todo el litoral de este espacio protegido, salvo en lo que se refiere a las reservas integrales, se disminuye la protección y pasan a calificarse de zonas de esparcimiento y aprovechamiento turístico.

6.- La Junta de Andalucía se reserva la posibilidad de modificaciones puntuales del PORN, sin las garantías que precisa esta norma de tutela de un espacio protegido.

7.- No se establece zonificación ni directriz alguna para la protección de las zonas de interés paisajístico. Es más, es de esperar que 3.000 has. de regadío entrañen una modificación altamente incompatible con el paisaje subdesértico.

8.- No se tasan los usos permitidos en cada una de las zonas del parque y la administración autonómica se reserva la posibilidad de autorizar usos no previstos en el PORN. Esto ha dado origen a aberraciones como la existencia de una piscifactoría en los límites de una reserva integral o a las más de 100 has. de cultivos intensivos de regadío en torno al emblemático e histórico cortijo de El Fraile.

Esta Asociación anuncia ya su intención de impugnar la nueva normativa en los tribunales nacionales y en llevar este asunto a Bruselas.

Amigos del Parque