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Lidiando con las administraciones

Para muchas administraciones públicas, o más bien para casi todas, los colectivos ecologistas suponen, frecuentemente, una molestia, ya que en muchas ocasiones éstos cuestionan la escasa diligencia con la que dichas administraciones velan por la preservación del medio ambiente. Qué duda cabe que no está en el ánimo de las asociaciones ecologistas ni molestar, ni fastidiar, ni hacer trabajar a la administración más de lo necesario, pero no suele quedar más remedio que dirigirse a determinados organismos públicos para solicitar información ambiental, que la ciudadanía tiene derecho a conocer. Normalmente la poca diligencia, falta de eficacia y de transparencia en muchas de las actuaciones llevadas a cabo por la administración, genera desconfianza por parte de los ciudadanos, que en ocasiones ven a los organismos públicos como el “enemigo” contra el que hay que luchar, y no como a los gestores y administradores del interés general que debieran ser.

En ocasiones las respuestas de las administraciones se dilatan injustificadamente en el tiempo, con lo que muchas veces resultan poco o nada eficaces cuando el objeto de lo solicitado pretendía evitar posibles daños que el transcurso del tiempo agrava. Otras veces ni siquiera hay respuesta y en otras ocasiones responden con evasivas y eludiendo sus responsabilidades.

La Joya de Aguamarga © AP

 

Al hilo de la actualidad y para ilustrar esto último relatamos las respuestas recibidas por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Níjar en relación con las medidas cautelares de suspensión de las zonas C3 y D del vigente PORN del Parque Natural, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Tras dictarse el citado auto, la Asociación de Amigos del Parque presentó ante los Ayuntamientos de Almería, Carboneras y Níjar y las Consejerías de Medio Ambiente así como la de Vivienda y Ordenación del Territorio, sendos escritos en los que se ponía de manifiesto el contenido del mencionado auto (se acompañaba copia) y se instaba a cada una de las administraciones a que adoptaran las medidas correspondientes en el alcance de sus competencias, para garantizar el cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por el Tribunal.

En concreto, para el caso del sector R7 de Las Negras en el que se estaban produciendo movimientos de tierras, se instó al Ayuntamiento de Níjar y a la Consejería de Medio Ambiente a que adoptaran las medidas oportunas para que se paralizaran las obras, ya que dicho sector está fuera de los límites de la zona urbana o urbanizable del PORN de 1994, y suspendido por el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Ayuntamiento de Níjar contesta a los 27 días diciendo “En la documentación aportada (autos del TSJA) no se encuentra referencia alguna a la suspensión del planeamiento del municipio de Níjar. Asimismo, no consta que desde el mencionado órgano judicial se haya requerido del Ayuntamiento de Níjar para que proceda a adoptar las medidas que solicita la asociación conservacionista” “... en la documentación aportada no se hace la menor referencia a la suspensión de ningún instrumento urbanístico del municipio de Níjar.”

No tenemos duda de que el Ayuntamiento de Níjar debe tener un equipo jurídico que sabrá que los planes de ordenación de los parques naturales prevalecen sobre los planeamientos urbanísticos municipales, en este caso el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar prevalece sobre las “todo poderosas” Normas Subsidiarias de Planeamiento de Níjar y por lo tanto, un suelo sólo puede ser urbano o urbanizable en las NNSS si lo permite el PORN y, si se produce algún conflicto, el planeamiento urbanístico municipal deberá adaptarse al PORN. La consecuencia es más que evidente: el sector R7 de Las Negras está fuera de los límites establecidos en el PORN de 1994 como suelo urbano o urbanizable y por lo tanto no se puede construir en él.

Bueno, pues esta deducción tan simple se resiste a hacerla el Ayuntamiento de Níjar, con esto se dilatan las posibles actuaciones que puedan evitar previsibles daños al medio ambiente...
Concluye el escrito de respuesta del Ayuntamiento diciendo “No obstante, se les comunica que con esta misma fecha se ha dado traslado de su escrito a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía solicitando instrucciones al respecto, cuya respuesta le será remitida a esa Asociación.” A la fecha de cierre de la redacción de esta revista aún no se había recibido la esperada respuesta.

Frente al mismo asunto del sector R7 de Las Negras, al escrito dirigido a la Consejería de Medio Ambiente, ésta responde a los NOVENTA Y UN DÍAS (91) diciendo que “... en relación a la medida cautelar de suspensión de zonificaciones, emite los informes ambientales de aquellos procedimientos que tengan entrada en esta Administración en base a la normativa vigente (…) para aquellas zonificaciones sobre las que existe la suspensión cautelar tal y como ha acordado el TSJA. En este sentido y no de otra forma se informará toda actuación que se pretenda realizar de forma específica en cumplimiento de la normativa y de los pronunciamientos judiciales.”
Foto: La Joya de Aguamarga © AP
 

Añade también que la Consejería de Medio Ambiente no puede suspender, archivar o paralizar las licencias urbanísticas otorgadas en ese sector, ya que no fue el órgano que resolvió. En definitiva: si algún promotor está ejecutando una construcción dentro de las zonas suspendidas por el auto del TSJA en las que el PORN de 1994 no permitía construir, ni el Ayuntamiento de Níjar, ni la Consejería de Medio Ambiente hacen nada para impedirlo, al menos durante todos estos meses desde que se dictó el auto judicial. Desde luego, podemos estar tranquilos los ciudadanos con la presteza, agilidad y eficacia de algunas administraciones públicas en la defensa de los intereses generales.

Algo similar ha ocurrido con La Joya de Agua Amarga, donde se está construyendo una vivienda como parte de una promoción de cuatro. Ninguna administración ha hecho nada, porque deben entender que con esta pasividad defienden el interés general y preservan el medio ambiente.

Como las obras continuaban y sin visos de paralizarse, se han puesto los hechos en conocimiento de la Sala del Tribunal Superior de Justicia que dictó el auto de paralización cautelar, emitiendo un auto con fecha 6 de octubre de este año, en el que pone los hechos en conocimiento de la Fiscalía, Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y Ayuntamiento de Níjar, como órganos competentes para ejecutar el Auto de Medidas Cautelares que se dictó en su día. Ahora, esperaremos a ver qué pasa.
No sabemos hasta dónde llega la capacidad de eludir responsabilidades de algunas administraciones públicas, la capacidad de “pasar la pelota al otro”, de “marear la perdiz”, su ineficacia, inacción, pasividad e incluso su incompetencia, a veces no parece tener límites y desde luego, de este modo, sólo se consigue el desprestigio y el descrédito de organismos públicos cuya función es velar por los intereses generales de todos los ciudadanos. Además, ello permite que los particulares lleven a cabo actuaciones ilícitas o, incluso, que pudieran ser consideradas delito sin que ningún poder público mueva un dedo.

Amigos del Parque