LOS
RECURSOS DE ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
Y AMIGOS DEL PARQUE HAN SIDO ADMITIDOS POR
EL JUEZ DE LO PENAL.
Dictada
sentencia por el Juzgado de lo Penal número
Uno de Almería, absolviendo a los
acusados por el asunto del Androcymbium,
dentro del plazo a tal efecto determinado
por la Ley procesal, tanto EA como Amigos
del Parque formularon recurso de apelación
contra dicha resolución judicial,
considerando, en síntesis, que la
decisión del Juez de absolver a los
acusados se fundaba erróneamente
en un pretendido vicio de procedimiento
que determinaba la ausencia de acusación,
y dado que el Ministerio fiscal optó
por no acusar y solicitar el archivo de
la causa, ello determinaba que un proceso
penal sin acusación no puede prosperar.
Al
entender de las asociaciones acusadoras,
tal solución jurídica no es
viable, pues con independencia de que la
absolución en sí sería
irregular en ausencia de acusación,
principio básico en el procedimiento
criminal, lo cierto es que el vicio
procedimental en el que se sustentaba dicha
absolución no es fundado en Derecho,
y atendida la doctrina del Tribunal Constitucional
que se invocó, la inconcreción
del momento en que el expediente judicial
es puesto a disposición de las partes
acusadoras para calificar los hechos no
puede determinar que el plazo haya transcurrido,
pues dado que es dicho momento el punto
inicial de cómputo de tal plazo,
la carencia en su definición no puede
significar que se calificó fuera
de tiempo.
Ambos
recursos fueron admitidos por el propio
juez de lo penal, lo que en sí
es una incongruencia más habida cuenta
de que en su día, en la sentencia,
tuvo por apartadas del procedimiento a las
partes acusadoras, a las que, ahora sí,
las reconoce para admitir los recursos.
Una
vez admitidos, se dio traslado a las defensas
para que pudieran oponerse, tal y como requiere
la Ley, lo que efectivamente hicieron todas
ellas, incluido el Ministerio fiscal, nuevamente
postulando el archivo de la causa y la inviabilidad
de tener por partes a las acusaciones, extremo
tal nunca antes se puso de manifiesto.
En
consecuencia, ahora será la Audiencia
Provincial de Almería el órgano
judicial competente para resolver los recursos,
los cuales, de prosperar, determinarán
la celebración del juicio nuevamente,
y en caso contrario, quedará abierta
la vía del Tribunal Constitucional
para interesar el mismo fin, lo que, sin
duda, comportaría un considerable
retraso en la solución de una controversia
iniciada en el año 1.999, y respecto
a la cual, seguiremos centrando nuestros
esfuerzos sin desfallecer, a pesar de todos
los obstáculos con los que siembren
nuestro camino en defensa de la legalidad
medio ambiental en el Parque Natural.
Amigos
del Parque
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