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Así está el Algarrobico después de varios años de pleitos...

Después de varios años de pleitos en Almería, TSJA, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, dándonos la razón sobre la ilegalidad del Hotel del Algarrobico, la Sección Tercera del TSJA dictó una sentencia el 21 de marzo de 2014 diciendo que los terrenos eran urbanizables en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, PORN.

Esta sentencia es contradictoria con otra anterior de la Sección Primera del TSJA de fecha 11 de junio de 2012 que dice exactamente lo contrario.

Greenpeace ha recurrido ante el Supremo la sentencia de 21 de marzo de 2014 en base, entre otros motivos, a que el Tribunal Supremo no permite modificar el Decreto del PORN cuando ya ha sido modificado anteriormente mediante una sentencia firme, en este caso la de 11 de junio de 2012.

Después de esta sentencia de marzo de 2014, la misma Sección Tercera del TSJA dictó otra, el 30 de julio de 2014, diciendo que la licencia de obras es legal porque es conforme al ordenamiento urbanístico municipal, sin tener en cuenta que ese ordenamiento urbanístico es nulo de pleno derecho porque es contrario a la Ley de Costas y al PORN.

En efecto, la licencia de obras se concedió con una servidumbre de protección de 20 metros cuando la Ley de Costas establece que son 100 metros, tesis ratificada con tres sentencias del Tribunal Supremo. La licencia de obras y el ordenamiento municipal también vulneran el PORN que es norma de rango superior donde el Algarrobico figura como no urbanizable, según la citada sentencia firme de fecha 11 de junio de 2012.

 
Foto : Hotel del Algarrobico © AP
 

Con estos antecedentes, Ecologistas en Acción y Salvemos Mojacar han recurrido ante el Tribunal Constitucional la sentencia de 30 de julio de 2014 declarando legal la licencia de obras. El recurso se basa en que esta sentencia concede un poder omnímodo a los Ayuntamientos que a partir de ahora podrán vulnerar normas de rango superior, conceder licencias en espacios protegidos, y vulnerar la Ley de Costas con el consiguiente deterioro del litoral y del medio ambiente. El recurso está pendiente de admisión a trámite.

Por otro lado, la mercantil Azata del Sol S.L., Azata S.A y el Ayuntamiento de Carboneras recurrieron ante el TSJA el derecho de retracto que ejerció la Junta sobre los terrenos del Algarrobico en 2006. El TSJA dio la razón a la Junta mediante tres sentencias, una de las cuales, la del pleito del Ayuntamiento no fue recurrida al Supremo por lo que la sentencia devino firme y en la actualidad los terrenos son legalmente propiedad de la Junta de Andalucía, pero la sentencia todavía no se ha ejecutado.

Azata S.A. y Azata del Sol S.L. recurrieron al Supremo las dos sentencias que reconocían la validez del derecho de retracto ejercido por la Junta.

Por tanto ahora estamos esperando cuatro sentencias, la del Tribunal Constitucional sobre la licencia de obras que tardará todavía mucho tiempo en salir, y las tres del Tribunal Supremo.

Las tres del Tribunal Supremo están a punto de ser publicadas. Son las dos del retracto y la que decidirá de forma definitiva si los terrenos son urbanizables o no.

En abril del año pasado se nos dijo verbalmente que el pleito sobre si los terrenos son urbanizables o no se iba a elevar al pleno del Tribunal Supremo por la vía de urgencia, debido a la inseguridad jurídica creada por dos sentencias contradictorias sobre una norma de carácter general y a que hay varios pleitos suspendidos en el TSJA de Granada esperando a que el Supremo decida sobre la clasificación de los terrenos.

El Magistrado del Tribunal Supremo D. Rafael Fernández Valverde manifestó el 6 de junio en el Colegio de Arquitectos de Almería que las sentencias del Supremo se publicarían en septiembre y que ya estaban redactadas dos de ellas.
Con estos antecedentes y ya avanzado el otoño suponemos que las tres sentencias del Supremo saldrán antes de Navidad, pero no hay nada seguro.

José Ignacio Dominguez