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La práctica totalidad de las asociaciones ecologistas de la provincia han recurrido el nuevo PORN ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El principal motivo de impugnación es el aumento de la superficie urbanizable dentro del Parque.
En el PORN de 1994 la superficie urbana o urbanizable del Parque se ajustaba a las necesidades de crecimiento de la población autóctona, pero esta “escasa” superficie no satisfizo a los intereses urbanizadores de los ayuntamientos de Níjar y Carboneras que tres años después de la publicación del PORN publicaron sus Normas Subsidiarias aumentando la superficie urbana o urbanizable dentro del Parque, sin ajustarse a lo previsto en el PORN, norma de rango superior.
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Si ya de por sí fue sorprendente ver que los Ayuntamiento de Níjar y Carboneras no respetasen el PORN de 1994, aún resultó más escandaloso todavía que la Consejería de Medio Ambiente, en vez de obligar a ambos ayuntamientos a respetar el PORN, modificase su planimetría para adaptarla a la de las Normas Subsidiarias municipales. Esta modificación de la planimetría del PORN se hizo sin expediente alguno, por la vía de hecho, según reconoce la propia Consejería de Medio Ambiente. La planimetría que tiene valor frente a terceros es la que se publicó en el BOJA de fecha 22 de diciembre de 1994 que publicó el anterior PORN, las modificaciones posteriores de la planimetría, por la vía de hecho, carecen de todo valor jurídico.
Basándose en esta planimetría modificada sin expediente alguno, se han construido a lo largo de estos últimos años numerosas urbanizaciones y viviendas ilegales en terreno protegido, no urbanizable, dentro del Parque. Entre estas construcciones está la del hotel Azata del Sol en la playa del Algarrobico que se ubica legalmente en subzona C1 del antiguo PORN, Áreas Naturales de Interés General, donde no es compatible la construcción de edifico alguno. |
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Para legalizar todas estas construcciones ilegales, la Consejería de Medio Ambiente ha publicado el nuevo PORN, ajustando la nueva planimetría a la que ya había elaborado años antes sin respetar el procedimiento legalmente establecido.
Ante estos hechos, el TSJA ha adoptado, como medida cautelar, el suspender la aplicación del nuevo PORN al sector del Algarrobico, dejándolo con las mismas previsiones y linderos que tenía en el PORN de 1994. Próximamente el TSJA se manifestará sobre las medidas cautelares solicitadas por el resto de las asociaciones ecologistas respecto a si suspende o no la aplicación del nuevo PORN en el resto del Parque, dejándolo con las previsiones existentes en 1994. Ante el cúmulo de ilegalidades cometidas por las distintas administraciones, es posible que el TSJA o el Tribunal Supremo, acuerden que el PORN legal sea el de 1994 con lo que numerosas viviendas autorizadas por los ayuntamientos durante estos últimos años pueden quedar en una situación de ilegalidad.
Es muy importante que antes de adquirir una vivienda o un terreno dentro del Parque, los compradores se cercioren de cómo están calificados los terrenos en el PORN de 1994. Lo que le digan en los ayuntamientos o en la Consejería de Medio Ambiente puede no tener validez jurídica y encontrase con la desagradable sorpresa de tener que demoler el inmueble recientemente construido, si el TSJA o el Tribunal Supremo acuerdan restituir los linderos del Parque a los previstos en el BOJA de fecha 22 de diciembre de 1994, como ya ha sucedido con el Algarrobico.
Por tanto, se requiere mucha prudencia e información antes de comprar cualquier inmueble dentro del Parque.
José Ignacio Domínguez
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