JUICIO DEL ANDROCYMBIUM: LOS
RECURSOS DE ECOLOGISTAS EN ACCIÓN Y AMIGOS DEL
PARQUE HAN SIDO ADMITIDOS POR EL JUEZ DE LO PENAL
Dictada sentencia por el Juzgado
de lo Penal número Uno de Almería, absolviendo
a los acusados por el asunto del Androcymbium, dentro
del plazo a tal efecto determinado por la Ley procesal,
tanto EA como Amigos del Parque formularon recurso de
apelación contra dicha resolución judicial,
considerando, en síntesis, que la decisión
del juez de absolver a los acusados se fundaba erróneamente
en un pretendido vicio de procedimiento que determinaba
la ausencia de acusación, y dado que el Ministerio
fiscal optó por no acusar y solicitar el archivo
de la causa, ello determinaba que un proceso penal sin
acusación no puede prosperar.
Al entender de las asociaciones
acusadoras, tal solución jurídica no es
viable, pues con independencia de que la absolución
en sí sería irregular en ausencia de acusación,
principio básico en el procedimiento criminal,
lo cierto es que el vicio procedimental en el que se
sustentaba dicha absolución no es fundado en
Derecho, y atendida la doctrina del Tribunal Constitucional
que se invocó, la inconcreción del momento
en que el expediente judicial es puesto a disposición
de las partes acusadoras para calificar los hechos no
puede determinar que el plazo haya transcurrido, pues
dado que es dicho momento el punto inicial de cómputo
de tal plazo, la carencia en su definición no
puede significar que se calificó fuera de tiempo.
Ambos recursos fueron admitidos
por el propio juez de lo penal, lo que en sí
es una incongruencia más habida cuenta que en
su día, en la sentencia, tuvo por apartadas del
procedimiento a las partes acusadoras, a las que, ahora
sí, reconoce para admitir los recursos.
Una vez admitidos, se dio traslado
a las defensas para que pudieran oponerse, tal y como
requiere la Ley, lo que efectivamente hicieron todas
ellas, incluido el Ministerio fiscal, nuevamente postulando
el archivo de la causa y la inviabilidad de tener por
partes a las acusaciones, extremo tal nunca antes se
puso de manifiesto.
En consecuencia, ahora será
la Audiencia Provincial de Almería el órgano
judicial competente para resolver los recursos, que
de prosperar, determinarán la nueva celebración
del juicio, y en caso contrario, quedará abierta
la vía del Tribunal Constitucional para el mismo
fin, lo que, sin duda, comportaría un considerable
retraso en la solución de una controversia iniciada
en el año 1999, y respecto a la cual, seguiremos
centrando nuestros esfuerzos sin desfallecer, en defensa
de la legalidad medio ambiental en el Parque Natural,
a pesar de todos los obstáculos con los que siembren
nuestro camino.
Amigos del Parque
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