Home
El Eco
Noticias
Juridico
Senderismo
Conocer
Planos y mapas
La Asociacion
Estatutos
Enlaces
Contacto
Casas rurales, hoteles, cortijos,
y otros servicios
en el Parque

Visita nuestros Patrocinadores
  Camisetas de la Asociación
Diferentes tallas, modelos y colores
Descúbrelas
y cómpralas
 
Síguenos en

Sitemap

Aviso legal
Política de cookies
Política de privacidad

Webdesign: espacioazul.net

 
 
 
 

Juicio del Androcymbium: ¡Tendremos que pagar las costas!

La Audiencia Provincial de Almería ratifica la condena en costas por el procedimiento penal del Androcymbium.

La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la condena en costas, impuesta por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Almería, en el procedimiento en el que esta Asociación y Ecologistas en Acción acusaban a altos cargos de la Junta de Andalucía y del Parque Natural de Cabo de Gata de diferentes delitos por haber autorizado las obras de una tubería que, a juicio de los recurrentes, supusieron un grave daño para una de las especies de flora protegidas, el Androcymbium.


La Audiencia Provincial de Almería, en Sentencia de 2 de marzo de 2009, resuelve el recurso de apelación interpuesto por las asociaciones ecologistas en el sentido de que haber mantenido este procedimiento penal por parte de las citadas asociaciones es producto de su mala fe y temeridad. Dado que el fiscal no acusó y que no había base alguna para mantener la acusación, lo que denota la mala fe y temeridad de las asociaciones ecologistas, por lo que se les condena a pagar los gastos derivados de todo el procedimiento.

Hemos de recordar, sin embargo, que en dos ocasiones, los jueces estimaron que había indicios racionales de la comisión de un delito, primero, cuando el juez instructor decidió la apertura del juicio oral y, segundo, cuando esta misma Audiencia Provincial, que hoy nos condena por mala fe y temeridad, en su momento, estimó igualmente que existían indicios razonables de que se hubiera cometido delito, por lo que ratificó la decisión de la apertura del juicio oral.

 

Artículo publicado en EL IDEAL el 11 de marzo 2009

 

En la sentencia del juzgado que nos condenó a dichas costas, el juez hace constar expresamente que en más de 18 años de ejercicio y en más de 11.000 sentencias dictadas, es la primera vez que condena en costas a la parte acusadora en un procedimiento penal. El principio acusatorio, como reiteradamente ha afirmado el Tribunal Constitucional, es una consecuencia necesaria del Derecho fundamental a la tutela judicial efectiva que a todos los ciudadanos reconoce nuestra Constitución; por lo que pretender que los que presuntamente han cometido delitos sean juzgados es un derecho constitucional. Los jueces son los que habrán de decidir la culpabilidad o inocencia de los procesados, tras el correspondiente procedimiento.

Ahora, los abogados de las partes que entonces fueron acusadas y absueltas habrán de pasar su minuta y el resto de los gastos derivados de dicho procedimiento, entre otros, los gastos de peritajes. Hasta que el juzgado no liquide la deuda, no conoceremos el coste de dicha condena.
Esta sentencia llega en un momento, especialmente malo o bueno, según del lado del que se mire. No es descartable que el montante económico de la condena pueda arrastrar consigo a la Asociación de Amigos del Parque de Cabo de Gata (y también a la Federación Provincial de EA), lo que, entre otras cosas, significaría que se archivarán todos los procedimientos judiciales que esta Asociación y Ecologistas en Acción Almería tienen interpuestos en defensa del  Parque Natural de Cabo de Gata, y muy señaladamente la demanda que la Asociación de Amigos del Parque tiene iniciada para la anulación del actual Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque de Cabo de Gata. La Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata no escatimará esfuerzos para afrontar esta condena en costas y, en la actualidad, estudia la posibilidad de interponer recurso frente a la sentencia.

Amigos del Parque