El ladrillo que se avecina en San José (UEA-SJ-24)
Las pretensiones de enladrillar San José siguen su curso. Hace unos meses se iniciaron las obras en la unidad de ejecución UE-SJ-4 en una gran superficie de terreno en la zona norte de San José. Ahora se están dando los pasos para desarrollar la UEA-SJ-24, donde la mercantil Torres y González Díaz, S.L. podría construir 24 viviendas y un local comercial junto al acceso a la pista que lleva a las playas de los Genoveses y Mónsul.
La modificación del planeamiento está obligada a someterse al trámite de evaluación ambiental estratégica y para ello se iniciaron los trámites en el año 2018, en el que se solicitó una evaluación simplificada. Amigos del Parque y el Grupo Ecologista Mediterráneo presentamos alegaciones en contra, ya que entre otras cosas, la zona está afectada por dos hábitats de interés comunitario de carácter prioritario, siendo el 5220 (Matorrales arborescentes de Zyziphus), y el 6220_1 (Pastizales vivaces neutro-basófilos mediterráneos), así como el hábitat no prioritario 5330_5 (Tomillares termófilos y xerófilos mediterráneos).
Foto: Vista de la zona norte de la UEA-SJ-24 © Francisco Gálvez
El pasado mes de julio, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, a través de su delegación provincial en Almería, emitió el documento de alcance del estudio ambiental estratégico relativo al expediente EAE/AL/014/18. Este documento emitido por la administración, constituye el marco de referencia para que el promotor elabore el estudio ambiental estratégico. El Informe Ambiental Estratégico determinó que la “Innovación 1/2014 del PGOU de Níjar en el ámbito de la UE-SJ-24 de San José, debe someterse a una Evaluación Ambiental Estratégica ordinaria porque puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente“. De este modo, se rechaza el procedimiento simplificado que se había solicitado inicialmente, teniendo que evaluarse la actuación mediante el procedimiento ordinario.
En el documento de alcance se indica que deberá justificarse adecuadamente la demanda de recursos hídricos, siendo necesario que se aporten los datos a nivel municipal, del consumo y población actual, así como indicar con claridad los nuevos crecimientos de población y las nuevas demandas previstas para los horizontes temporales 2021 y 2027. Asimismo, se advierte que “la política del agua no debe basarse en el incremento de la oferta de este recurso ya que esta opción no es sostenible ni económica ni ecológicamente. Todas las recomendaciones abogan por contener la demanda, ahorrando y gestionando los recursos de forma eficiente”.
En cuanto al saneamiento, se requiere una “estimación de los caudales de aguas residuales y cargas contaminantes generadas, garantizando que los incrementos de carga previstos no interferirán en el cumplimiento de los valores limitantes de emisión”. Además, deberá acreditarse que “dichos caudales y contaminación generados en los crecimientos previstos podrán ser tratados en su totalidad en EDAR existente, y no interferirán con el cumplimiento de los valores límites de emisión impuestos en la autorización de vertidos.”
En lo que respecta al medio natural, el citado documento de alcance, resalta que tras haber realizado una inspección técnica de campo, en la ladera situada al norte de la calle Ronda de San José “destaca la presencia de numerosos ejemplares de cornical (Periploca laevigata subsp.angustifolia), especie característica y representativa de hábitat prioritario 5220. También tiene presencia, aunque con menor número de ejemplares, otra especie característica del hábitat como es el palmito (Chamaerops humilis) y otras como Asparagus sp. y Launea sp. También cabe citar en este contexto, por su porte y cobertura, la presencia puntual de un ejemplar de efedra (Ephera fragilis).”
Foto: Situación de la UEA-SJ-24
En cuanto al impacto o adecuación paisajística, en el susodicho documento de alcance, se indica que deberán introducirse “referencias claras a los aspectos relativos al paisaje, especialmente en lo que respecta a la afección producida por los desmontes y movimientos de tierra que puede suponer la extensión urbana en ladera por encima de la calle Ronda de San José.”
Desde el punto de vista conservacionista, consideramos motivo más que suficiente la presencia comprobada de especies representativas del hábitat prioritario 5220 (Matorrales arborescentes de Zyziphus) en los terrenos de la UEA-SJ-24 para que no se permita la modificación del planeamiento pretendida y por lo tanto se impida construir en dichos terrenos. Por otra parte, ha de tenerse en cuenta el gran impacto visual que indudablemente causaría la construcción de casas en la ladera del monte, que consideramos inadmisible en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, en el que precisamente el paisaje es uno de los aspectos más característicos y valorados del espacio natural protegido. Las casas que pretenden construirse no responden en absoluto a necesidades de crecimiento de la población local, y contribuirían a engrosar el censo de segundas viviendas que permanecen cerradas casi todo el año y solo se habitan durante los meses del verano. Cabe mencionar que la población censada en San José es de 887 habitantes (INE, 2019) y el número de viviendas es de 1979 (EIEL, 2019). Más del doble de viviendas que habitantes.
Foto: Vista parcial de la UEA-SJ-24 © FG
Confiamos en que la administración andaluza sea sensata y adopte una resolución firme y decidida, que impida la alteración de los terrenos que componen la UEA-SJ-24 de San José, en favor del medio ambiente y del interés general.
Asociación Amigos del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar