INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS VISITANTES DEL PARQUE NATURAL
Normas
Prohibiciones, normas y recomendaciones básicas para proteger el Parque Natural
Playas
Información sobre la restricción de acceso a algunas playas del Parque Natural
Contactos
Teléfonos y direcciones de organismos a los que dirigirse para denuncias, quejas o sugerencias
NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA LA CONSERVACIÓN DEL PARQUE NATURAL | |
DEPOSITAR LA BASURA EN CONTENEDORES HABILITADOS PARA TAL FIN La basura no debe abandonarse fuera de contendores habilitados para ello. En los lugares donde no existan contenedores cercanos, lleve su basura hasta el núcleo urbano más próximo y localice uno para depositarla. | |
NO SE PERMITE LA ACAMPADA LIBRE En Andalucía está prohibida la acampada libre en virtud del artículo 3 del Decreto 164/2003 (BOJA 122 de 27 de junio de 2003). La acampada está permitida en los campamentos de turismo debidamente autorizados. | |
NO SE PERMITEN AUTOCARAVANAS FUERA DE ÁREAS DE ACAMPADA, ENTRE EL OCASO Y EL AMANECER El PORN del Parque Natural prohíbe la acampada y el aparcamiento permanente o temporal fuera de los campamentos de turismo y áreas de acampada entre el ocaso y la salida del sol, de vehículos habilitados como viviendas (autocaravanas entre otros). | |
RESPETA LA VIDA SILVESTRE. EVITA DAÑAR LA FLORA Y MOLESTAR A LA FAUNA Evita dañar la flora y molestar a la fauna del Parque Natural. Existen especies de plantas amenazadas. Con carácter general está prohibida la tala o recolección de especies silvestres (con fines comerciales se requiere autorización expresa) | |
PROHIBIDO HACER FUEGO Evita llevar a cabo acciones o actividades que puedan provocar un incendio. No arrojes cigarrillos o cualquier otro objeto que pueda producir combustión. Extrema las precauciones en la época de alto riesgo de incendios. | |
PROHIBIDO CIRCULAR «CAMPO A TRAVÉS» El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural prohíbe la circulación «campo a través» o fuera de los caminos permitidos, con bicicletas, vehículos a motor y en equino. | |
PROHIBIDO PESCAR EN LAS ZONAS DE RESERVA MARINA INTEGRAL El PORN prohíbe la pesca deportiva, la pesca comercial y el marisqueo en aguas interiores en las seis reservas marinas integrales (zonas A2 del PORN). Ver más información sobre la Reserva Marina Cabo de Gata-Níjar. | |
NO SE PERMITE LA UTILIZACIÓN DE DRONES PARA USO RECREATIVO El PORN del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar prohíbe las actividades relacionadas con actividades recreativas que empleen helicópteros, ultraligeros, aviones, avionetas y cualquier vehículo aéreo con motor. | |
PROHIBIDO EL ACCESO DE ANIMALES DOMÉSTICOS A LAS PLAYAS DURANTE LA TEMPORADA DE BAÑO El artículo 6 del Decreto 194/1998 (BOJA 122 de 27/10/1998) prohíbe durante la temporada de baño (entre el 1 de junio y el 30 de septiembre) el acceso de animales domésticos a las aguas y zonas de baño, con excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas. | |
PROHIBIDO SUBIR A LOS SALIENTES DE LAS FORMACIONES ROCOSAS DE LA DUNA FÓSIL DE LOS ESCULLOS Está prohibido realizar acciones que atenten contra la configuración geológica de los terrenos, según establece la Ley 2/1989, de 18 de julio (BOE 201 de 23/8/1989). La duna oolítica fósil de Los Escullos es una formación geológica frágil con riesgo de fractura. | |
PROHIBIDO SUBIR O TRANSITAR POR LA ZONA DE LA DUNA DE MÓNSUL Está prohibido realizar acciones que atenten contra la configuración geológica de los terrenos, según establece la Ley 2/1989, de 18 de julio (BOE 201 de 23/8/1989). El sistema dunar de Mónsul es una formación geológica frágil. | |
PROHIBIDO CIRCULAR A MÁS DE 40 km/h POR CAMINOS Y PISTAS FORESTALES El PORN del Parque Natural prohíbe para las actividades de uso público, la circulación de vehículos por caminos y pistas forestales a velocidades superiores a 40 km/h, salvo indicación expresa que establezca un límite diferente. |
LA CONSERVACIÓN DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR TAMBIÉN DEPENDE DE TI. GRACIAS POR TU COLABORACIÓN
NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA LA CONSERVACIÓN DEL PARQUE NATURAL
DEPOSITAR LA BASURA EN CONTENEDORES HABILITADOS PARA TAL FIN
La basura no debe abandonarse fuera de contendores habilitados para ello. En los lugares donde no existan contenedores cercanos, lleve su basura hasta el núcleo urbano más próximo y localice uno para depositarla.
NO SE PERMITE LA ACAMPADA LIBRE
En Andalucía está prohibida la acampada libre en virtud del artículo 3 del Decreto 164/2003 (BOJA 122 de 27 de junio de 2003). La acampada está permitida en los campamentos de turismo debidamente autorizados.
NO SE PERMITEN AUTOCARAVANAS FUERA DE ÁREAS DE ACAMPADA, ENTRE EL OCASO Y EL AMANECER
El PORN del Parque Natural prohíbe la acampada y el aparcamiento permanente o temporal fuera de los campamentos de turismo y áreas de acampada entre el ocaso y la salida del sol, de vehículos habilitados como viviendas (autocaravanas entre otros).
RESPETA LA VIDA SILVESTRE. EVITA DAÑAR LA FLORA Y MOLESTAR A LA FAUNA
Evita dañar la flora y molestar a la fauna del Parque Natural. Existen especies de plantas amenazadas. Con carácter general está prohibida la tala o recolección de especies silvestres (con fines comerciales se requiere autorización expresa)
PROHIBIDO HACER FUEGO
Evita llevar a cabo acciones o actividades que puedan provocar un incendio. No arrojes cigarrillos o cualquier otro objeto que pueda producir combustión. Extrema las precauciones en la época de alto riesgo de incendios.
PROHIBIDO CIRCULAR «CAMPO A TRAVÉS»
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural prohíbe la circulación «campo a través» o fuera de los caminos permitidos, con bicicletas, vehículos a motor y en equino.
PROHIBIDO PESCAR EN LAS ZONAS DE RESERVA MARINA INTEGRAL
El PORN prohíbe la pesca deportiva, la pesca comercial y el marisqueo en aguas interiores en las seis reservas marinas integrales (zonas A2 del PORN). Ver más información sobre la Reserva Marina Cabo de Gata-Níjar.
NO SE PERMITE LA UTILIZACIÓN DE DRONES PARA USO RECREATIVO
El PORN del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar prohíbe las actividades relacionadas con actividades recreativas que empleen helicópteros, ultraligeros, aviones, avionetas y cualquier vehículo aéreo con motor.
PROHIBIDO EL ACCESO DE ANIMALES DOMÉSTICOS A LAS PLAYAS DURANTE LA TEMPORADA DE BAÑO
El artículo 6 del Decreto 194/1998 (BOJA 122 de 27/10/1998) prohíbe durante la temporada de baño (entre el 1 de junio y el 30 de septiembre) el acceso de animales domésticos a las aguas y zonas de baño, con excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas.
PROHIBIDO SUBIR A LOS SALIENTES DE LAS FORMACIONES ROCOSAS DE LA DUNA FÓSIL DE LOS ESCULLOS
Está prohibido realizar acciones que atenten contra la configuración geológica de los terrenos, según establece la Ley 2/1989, de 18 de julio (BOE 201 de 23/8/1989). La duna oolítica fósil de Los Escullos es una formación geológica frágil con riesgo de fractura.
PROHIBIDO SUBIR O TRANSITAR POR LA ZONA DE LA DUNA DE MÓNSUL
Está prohibido realizar acciones que atenten contra la configuración geológica de los terrenos, según establece la Ley 2/1989, de 18 de julio (BOE 201 de 23/8/1989). El sistema dunar de Mónsul es una formación geológica frágil.
PROHIBIDO CIRCULAR A MÁS DE 40 km/h POR CAMINOS Y PISTAS FORESTALES
El PORN del Parque Natural prohíbe para las actividades de uso público, la circulación de vehículos por caminos y pistas forestales a velocidades superiores a 40 km/h, salvo indicación expresa que establezca un límite diferente.
LA CONSERVACIÓN DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR TAMBIÉN DEPENDE DE TI. GRACIAS POR TU COLABORACIÓN
RESTRICCIÓN TEMPORAL DE ACCESO A LAS PLAYAS SITUADAS AL SUROESTE DE SAN JOSÉ
Desde hace varios años se ha constatado el incremento durante el periodo estival, del tráfico rodado a las playas situadas al suroeste de San José, considerándose que el flujo de vehículos motorizados, a través del camino que une la barriada de San José con el aparcamiento de Cala Carbón, supera la capacidad de carga y supone un factor de degradación de los valores ecológicos, geológicos y paisajísticos, además de un riesgo para la seguridad y el bienestar de las personas.
Para evitar la degradación del medio natural y los riesgos indicados anteriormente, se establece una restricción de acceso temporal a las playas indicadas, que se recoge en la «Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, por la que se regula el acceso con vehículos a motor y la actividad recreativa de agrupaciones de kayaks, piraguas y artefactos flotantes sin motor similares, en determinadas playas del Parque Natural Cabo de Gata-Nijar (Almería).» >> Ver resolución
¿Qué playas están afectadas por la restricción de acceso?
Las playas comprendidas en el tramo litoral que va desde Los Genoveses hasta Cala Carbón. Ver mapa adjunto.
¿En qué fechas y horario se aplica la restricción?
Desde el 17 de junio hasta el 24 de septiembre, aunque puede variar ligeramente cada año. Desde el 17 de junio hasta el 30 de junio y desde el 16 al 24 de septiembre el horario restringido es de 9:00 h a 19:00 horas. Entre el 1 de julio y el 15 de septiembre el horario es de 8:00 h a 20:00 horas.
¿En qué consiste la restricción de acceso?
Una vez que se completan los aparcamientos habilitados en las playas, no se permite el acceso mediante vehículos a motor (excepto el autobús). Se puede acceder a pie, en bicicleta o en transporte público.
¿Cuánto cuesta acceder a las playas de acceso restringido?
Acceder a todas las playas es gratis, pero si decides hacerlo en un vehículo particular cuando hay plazas libres, el aparcamiento tiene un coste de 6 euros. Si optas por usar el transporte público, el billete de ida y vuelta cuesta 3 euros (1,39 euros si dispones de la tarjeta del consorcio) y el de un solo sentido 2 euros (precios sujetos a variación).
¿Cuál es el horario del autobús?
Desde las 10:30 horas y con la última vuelta desde las playas a las 20:00 horas. Tiene una frecuencia de una hora y presta servicio desde el 14 de julio hasta el 8 de septiembre. Hay siete paradas desde el núcleo urbano de San José hasta Cala Carbón.
¿Qué playas están afectadas por la restricción de acceso?
Las playas comprendidas en el tramo litoral que va desde Los Genoveses hasta Cala Carbón. Ver mapa adjunto.
¿En qué fechas y horario se aplica la restricción?
Desde el 17 de junio hasta el 24 de septiembre, aunque puede variar ligeramente cada año. Desde el 17 de junio hasta el 30 de junio y desde el 16 al 24 de septiembre el horario restringido es de 9:00 h a 19:00 horas. Entre el 1 de julio y el 15 de septiembre el horario es de 8:00 h a 20:00 horas.
¿En qué consiste la restricción de acceso?
Una vez que se completan los aparcamientos habilitados en las playas, no se permite el acceso mediante vehículos a motor (excepto el autobús). Se puede acceder a pie, en bicicleta o en transporte público.
¿Cuánto cuesta acceder a las playas de acceso restringido?
Acceder a todas las playas es gratis, pero si decides hacerlo en un vehículo particular cuando hay plazas libres, el aparcamiento tiene un coste de 6 euros. Si optas por usar el transporte público, el billete de ida y vuelta cuesta 3 euros (1.39 euros si dispones de la tarjeta del consorcio) y el de un solo sentido 2 euros (precios sujetos a variación).
¿Cuál es el horario del autobús?
Desde las 10:30 horas y con la última vuelta desde las playas a las 20:00 horas. Tiene una frecuencia de una hora y presta servicio desde el 14 de julio hasta el 8 de septiembre. Hay siete paradas desde el núcleo urbano de San José hasta Cala Carbón.
EMERGENCIAS 112 ANDALUCÍA
Servicio público que atiende de forma permanente en toda Andalucía, cualquier situación de urgencia y emergencia en materia sanitaria, de extinción de incendios y salvamento, seguridad ciudadana y protección civil.
Teléfono: 112
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL EN ALMERÍA
Oficina del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar
C/ Fundición, s/n 04115 Rodalquilar. Níjar (Almería)
Teléfono: 950 10 03 94
pnCaboGataNijar.csmaea@juntadeandalucia.es
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE
Capitanía Marítima de Almería
Muelle de Levante, s/n 04007 Almería
Teléfono: 950 27 12 48
capitania.almeria@fomento.es
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Plaza de la Constitución, s/n. 04003 Almería
Teléfono: 950 21 00 00
Correo electrónico: ayto@aytoalmeria.es
www.almeriaciudad.es
AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS
Plaza Castillo, 1. 04140 Carboneras. Almería
Teléfono: 950 45 42 38
Correo electrónico: registrogeneral@carboneras.es
www.ayuntamientocarboneras.es
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR
Plaza Glorieta, 1. 04100 Níjar. Almería
Teléfono: 950 36 00 12
Correo electrónico: alcaldia@nijar.es
www.nijar.es