Restricción del tráfico rodado y limitación de la actividad de kayak

Un año más, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería ha restringido el acceso en vehículos de motor a las playas a través del camino que une la barriada de San José con el aparcamiento de Cala Carbón durante el periodo estival, así como la actividad recreativa de piraguas, kayaks y similares artefactos sin motor.

Mediante resolución de 3 de mayo de 2019, se vuelve a restringir este año el tráfico en las citadas playas por considerar que la aglomeración de personas y vehículos, que se concentran en estos parajes durante el periodo estival, supone además del deterioro del ecosistema litoral que caracteriza el entorno, graves problemas de colapsos en las vías de acceso que impiden garantizar tanto las condiciones mínimas de seguridad en cualquier situación de emergencia que pueda generarse, como la cobertura de servicios básicos sanitarios y de salubridad. También considera que las aglomeraciones de grupos de kayaks, piraguas y otros artefactos flotantes suponen un riesgo para la conservación de las especies marinas del área inter-mareal, además de una degradación de los valores estéticos y paisajísticos propios de estas áreas, que llegan a interferir con otras actividades de uso público.

Foto: Vehículos aparcados en Mónsul © JMJ

Foto: Kayaks en Cala Higuera © JMJ

Se restringe la circulación de los vehículos a motor que carezcan de autorización, pero la resolución no aclara cuáles serán los vehículos autorizados: si únicamente los vehículos de servicios y emergencia o también quienes paguen el aparcamiento y, en este caso, cuántos podrán ser autorizados cada día.

En cuanto a los kayaks y otros artefactos de navegación sin motor, permite la agrupación en zonas del Parque Natural de un máximo de 5 sin autorización, siendo necesaria la autorización expresa de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería cuando la agrupación sea de más de cinco artefactos, en cuyo caso se establecerán las condiciones que garanticen la preservación del ecosistema litoral y el uso del dominio público marítimo-terrestre.

Se excluye de esta limitación cualquier actuación realizada con el objetivo de la preservación de la vida humana en la mar.

La resolución no dice nada sobre la forma de navegar de esos artefactos ni la distancia a la costa, aproximación a bañistas y otras precauciones de seguridad, ni tampoco las sanciones por incumplimiento de la norma ni cómo y ante quién denunciar las infracciones.

Asociación Amigos del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar

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